La comunidad de iguales
Cuando en 1975 Peter Singer publicó Liberación Animal, éste desconocía el profundo impacto que su obra tendría sobre la conciencia de una buena parte de la comunidad de científicos, filósofos, historiadores y demás académicos; la estructura central de esta obra gira en torno a la necesidad [moral] de extender los derechos humanos al resto de seres vertebrados. Esta básica idea ha sido reformulada y extendida a lo largo de las últimas décadas no sólo por Singer, sino por una pléyade de bioéticos, filósofos y científicos de toda condición, hasta terminar en la creación del ya conocido Proyecto Gran Simio, cuyo principal cometido es el de avanzar en la extensión de los derehcos humanos a los grandes primates [gorilas, chimpancés, orangutanes y bonobos]. A través de una lógica bastante simple [pero a mi modo de entender, moral y científicamente plausible], Singer propone aplicar a estos primates los derechos a la vida, a no ser torturados y a la libertad [individual]; la protección de estos derechos quedaría reservada a los humanos [los únicos capaces de concederlos]. El hecho de que estos animales no puedan ejercer los citados derechos y que éstos han de estar bajo la tutela permanente de humanos no implica que estos animales no puedan disfrutar de los mismos. A ningún humano se le ocurriría denegarle los derechos [humanos] básicos a los niños [especialmente a los neonatos] por el mero hecho de que éstos son incapaces de ejercerlos [ni siquiera son conscientes de la existencia de estos], como tampoco se les negarían a los ancianos con alzheimer o a los seres humanos con trastornos psíquicos. De hecho, todos estos grupos se hallan bajo la tutela permanente de otros seres humanos [que si están en condiciones de ejercerlos] que actuan como garantes y defensores de esos derechos inalienables. De esta manera, Singer logra desafiar una de las principales fisuras de su teoría: ¿cómo pueden los animales disfrutar de derechos [humanos] si éstos no parten de la propia comunidad de no-humanos y han de ser concedidos por humanos?
A partir de lo dicho anteriormente la teoría adquiere forma a medida que se van dilucidando los principales resortes del mismo. El punto central de la formulación teórica singeriana sería el de que los derechos básicos han de ser extendidos a todos aquellos seres dotados de sensación, ergo, a aquellos seres vivos capaces de sentir placer y dolor. A pesar d esta afirmación, la mayor parte de los defensores de la teoría aplican un acercamiento basado en las especies, dando preferencia a aquellas genéticamente más cercanas a los Homo Sapiens, es decir, al resto de homínidos, algo absolutamente discutible desde tesis que superan estos constrictivos marcos basados en la dominación o mayor evolución de determinadas especies animales.
Pero segurmante, la aportación más radical e interesante de la teoría de Singer radica en la crítica sistemática que éste hace del principal baularte del antropocentrismo que legitima el uso absoluto de los animales por los humanos, su consumo, esclavización o tortura. La legitimación de las más que aberrantes relaciones de poder instauradas por nuestra especie se ha basado, desde siempre, en la objetiva obviedad de que los seres humanos se diferencian del resto de los animales por su capacidad de raciocionio, es decir, por su capacidad de pensar, de ser conscientes de sus acciones, de plantear objetivos... Singer ataca directamente esta concepción antropocéntrica al afirmar, con datos objetivos y científicos, que los perros, cerdos, caballos y, muy especialmente los grandes simios, son capaces de razonar mucho mejor que los humanos recién nacidos o aquellos con minuslavías intelectuales profundas. Singer argumenta, brillantemente, que si nuestra suprema posición en la escala evolutiva [y moral] se basa en la racionalidad de los integrantes de nuestra especie, ¿cómo ha de explicarse que los recién nacidos, niños pequeños o minusválidos intelectuales puedan ser considerados como humanos si carecen de esta premisa básica, la que nos hace, al fin y al cabo, humanos? Si los derechos básicos son concedidos a seres humanos irracionales [momentánea o permanentemente], ¿cómo es posible que les neguemos esos mismos derechos a animales con un cerebro más evolucionado y con tímidas muestras de racionalización? Para la mayor parte de aquellos que defienden estas tesis, el hecho de que no les deneguemos estos derechos a niños o a minusválidos psíquicos radica en que el resto de humanos son plenamente conscientes de que éstos son capaces de sentir dolor y sufrir. Este hecho determina que el resto de humanos racionales consideren necesario proteger los derechos básicos de estos seres humanos, pero no partiendo de consideraciones racionalistas o de mayor o menor evolución, sino desde un posicionamiento explícitamente compasivo que centra su atención en la característica que nos une a ambos grupos: la capacidad de experimentar sufrimiento.
La otra idea básica de la teoría de Singer es la institución de la comunidad de iguales [The Community of Equals] que no viene a ser otra cosa que la consideración teórico-práctica de que todos los seres vivos sensoriales, aquellos con capacidad de sentir dolor y placer, forman parte de una misma comunidad. La homogeneidad de la misma, parte de el simple pero objetivo hecho de que todos sus integrantes ansían no padecer sufrimientos [ni por los de su misma u otra especie]. La existencia de esta comunidad no supone que las diferencias palpables entre humanos y no-humanos dejen de existir, o que éstas sean la base objetiva a través de la cual a los animales se les nieguen derechos tan intrínsecamente humanos como el voto, la libertad religiosa o de conciencia..., ya que lógicamente carecerían de sentido aplicados al resto de especies no-humanas. Esta brillante formulación teórica parte de una no menos brillante formulación moral: ¿cómo es posible que si la inteligencia o la mayor capacidad de raciocinio no legitima el uso de unos seres humanos por otros, ésta misma formulación sea válida para explotar a vacas, burros, pollos o cerdos? De esta manera, la pertenencia o no a esta comunidad de iguales se mide por la capacidad de sufrimiento de sus integrantes, básica y necesaria para desarrollar elementos más evolutivos como la capacidad de hablar, plantear estrategias vitales o desarrollar lo que comunmente denominamos como cultura. Si un ser vivo de la comunidad, digamos por ejemplo un toro, es capaz de sentir dolor cuando su torturador humano [torero] le clava estacas en cada uno de los costados de su cuerpo, o una vaca es capaz de sentir pánico y terror los instantes antes de ser acribillada por las maquinarias asesinas del matadero, es absoluta y moralmente injustificable obviar ese sufrimiento en base a la superioridad racional de nosotros, los Homo Sapiens, sobre estos seres.
Y si aún así somos incapaces de entender esta simple lógica deductiva, exhorto a todos aquellos que hayan tenido la paciencia de leer este post a comprobar in situ [aquellos que tienen perros u otros animales domésticos son plenamente conscientes de que sus mascotas son capaces de expresar emociones como la felicidad, tristeza, rabia, dolor...] que la capacidad de sufrir, sentir y expresar no son exclusivas de los seres humanos. Y si aún así seguimos creyendo estar en el derecho de torturar, sacrificar, comer o usar animales a nuestro antojo, para satisfacer necesidades tran triviales como el gusto estético o gastronómico, nuestra condición de ¿humanos? quedará marcada por una execrable actitud egocéntrica que justifica y legitima situaciones tan aberrantes como el holocausto animal del que diariamente somos partícipes.