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18/98+



No es casualidad que el logotipo del blog incluya, entre un modesto paréntesis, el término “estado de excepción”. El último informe de Amnistía Internacional revela que la tortura es una práctica extendida entre las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado; el sistema de incomunicación, por el cual un ciudadano puede estar incomunicado durante un máximo de 13 días en dependencias policiales, de los cuales, durante los 5 primeros días su caso no puede, ni tan siquiera, ser llevado ante un juez, implica una merma sustancial de los derechos humanos básicos desde una óptica legal. Así, basándose en meras sospechas, la policía puede entrar en tu casa, llevarte a un calabozo y aplicarte la defenestrada ley antiterrorista; incomunicado, sin derecho al habeas corpus y en manos de unos seres irracionales que se dicen agentes de la ley, la tortura y los malos tratos de todo tipo son algo más que una escalofriante realidad.

En conexión con este monstruoso paréntesis legal, el Estado español parece haber dado un salto cualitativo en la desintegración, de facto, del sistema judicial. A través de ese tribunal de excepción que es la Audiencia Nacional, el sistema parece haber logrado lo imposible: condenar a ciudadanos por delito de pertenencia a banda armada sin prueba alguna. Así, a través del macrosumario del 18/98, por el cual más de medio centenar de ciudadanos vascos ligados, de una u otra forma, al movimiento independentista, han sido enjuiciados como presuntos terroristas, es decir, miembros de ETA. Ahora bien, el juicio ha estado plagado de todo tipo de irregularidades difíciles de entender; desde los exabruptos de la presidenta del Tribual, Ángela Murillo, no permitió que la defensa de los acusados pudiera tener acceso a las diligencias previas por el cual estaban siendo procesados. Es decir, mientras que la fiscalía del Estado había tenido acceso dos años antes de iniciarse el juicio a estas diligencias previas, para argumentar bien su estrategia, la defensa de los procesados no pudo, hasta bien empezado el juicio, y tras una lucha en la que la presidenta del Tribunal tuvo que ceder a las presiones de todos los ámbitos de la justicia, tener acceso a la base del sumario 18/98. La susodicha, llegó en un momento del juicio a decir, textualmente, que las resoluciones del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo no le importaban lo más mínimo; mandaba a callar con malas formas a los abogados de la defensa y a los propios procesados, en un alarde de despotismo de una indecencia suprema. Algunos de los procesados sufrieron torturas y malos tratos a manos de los guardias civiles que los detuvieron, y lo que es peor, dos de esos mismos torturadores acudieron como peritos para testificar ante el Tribunal, en un derroche de surrealismo judicial sin parangón. Este juicio sin las garantías procesales mínimas no podría, ni por asomo, terminar bien; así, los acusados en lugar de ser citados en el Tribunal para darles a conocer su sentencia, han sido detenidos en distintas redadas, sin previamente haber tenido acceso ni conocimiento a su condena; una condena, que ni tan siquiera, se ha hecho pública aún hoy. Ello implica que se ha encarcelado a unos ciudadanos, considerados por el Tribunal de Excepción como terroristas, sin estos haber sido informados de su condición de condenados; inédito.

Estos ciudadanos vascos han sido condenados no por haber cometido unos hechos considerados delictivos [como podría ser un atentado o la colaboración probada con comandos etarras], sino por unas supuestas coincidencias estratégicas con la banda terrorista ETA. Estos ciudadanos no son condenados por hechos delictivos probados, sino por suposiciones que implican que éstos, por coincidir en sus fines con ETA [pero jamás en sus medios], son parte implícita del mundo pro-etarra. Así, el Estado y su sistema judicial de excepción han impuesto una relectura inconstitucional de los procedimientos jurídicos: no hace falta contar con prueba fehaciente alguna para procesar y condenar a un ciudadano por pertenencia a banda armada, por ejemplo; basta con meras suposiciones, sin prueba alguna, para proceder a culpar a alguien de un delito tan serio. El recorte de libertades es tal, que el estado de excepción [ya, de iure] ni tan siquiera es criticado abiertamente por aquellas fuerzas que se dicen de izquierdas [con la salvedad de Izquierda Unida]. En el macrosumario 18/98+ no se están condenado a etarras ni a pistoleros; se están ilegalizando ideas por el mero hecho de suponer una amenaza al caduco orden constitucional español ahora vigente. Hay que decirlo alto y claro: la ilegalización de ideas y sentimientos, estemos o no de acuerdo con ellos, no son conductas democráticas plausibles, como bien defienden socialistas y populares; son atentados directos y explícitos contra nuestro sistema de libertades: son la reafirmación y la muestra de que el estado de excepción es una realidad tangible y auténtica, una aberración inasumible por los demócratas.
más información:
http://www.ehwatch.org/
http://www.nodo50.org/18/98/manifiesto_madrid.html

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